Fondos de Cultura - Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio / 600 600 0255 - 32 260 8400 Canales de atención

Preguntas frecuentes Fondo de la Música

Fondo de la Musica

Novedades Concurso 2026

Con el objetivo de promover la creación, difusión, formación, acceso y valoración de la Música Nacional, el Concurso General de Proyectos de la Secretaría de Fomento de la Música Nacional presenta en su Convocatoria 2026, mejoras y actualizaciones que buscan fortalecer la participación, la equidad y la calidad de las iniciativas postuladas, respondiendo así a las transformaciones del sector y a las necesidades actuales de sus agentes.

¿Cuáles son las principales mejoras?

  • Aumento presupuestario: La Convocatoria 2026 cuenta con un aumento pasando de $3.525.000.000 a $4.628.000.000 millones para la Convocatoria 2026, lo que se materializa en un aumento enfocado en aquellas líneas con mayor cantidad de equipos de trabajo, cuyos costes de producción son mayores y que cuentan con un impacto en la industria a nivel de generación de empleos, desarrollo de la carrera artística y formación grupal/profesionalización de quienes integran ecosistema musical.
  • Montos diferenciados para zonas extremas: Atendiendo las necesidades territoriales de nuestro universo de postulantes, se incorpora la posibilidad de solicitar un monto mayor y diferenciado en las Regiones extremas, siendo éstas: Arica y Parinacota, Tarapacá, Aysén del General Ibáñez del Campo y Magallanes y la Antártica Chilena, Archipiélago de Juan Fernández y la Provincia de Isla de Pascua, Provincia de Palena y comuna de Cochamó ( de acuerdo al Art 5°, decreto N° 43, de 2023, que aprueba reglamento que fija la política nacional de zonas extremas, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública).
  • Perspectiva de género: Se incorpora la posibilidad de solicitar recursos en Gastos de Operación por concepto de labores de cuidado en todas las líneas de concurso, asumiendo compromisos intersectoriales para la disminución de brechas de género y la protección de las infancias. De esta manera, personas naturales que tengan a su cuidado a menores desde la primera infancia hasta educación básica (8vo básico) pueden solicitar montos para contratar servicios de cuidado, por días u horas, durante el periodo que se extienda el proyecto.

Otras de las novedades de esta convocatoria es la incorporación de la Línea Apoyo para Encuentros de Fomento de la Industria-Amplifica al Concurso General, la cual se integra a la Línea Música en Vivo y Ferias. De esta manera.

Finalmente, existen novedades y mejoras en cada línea por lo que la invitación es a descargar las bases, leer atentamente y sumarte a las instancias abiertas de resolución de dudas que el equipo de la Secretaría de Fomento de la Música Nacional realizará durante el mes de julio.

Recuerda que, para consultas ciudadanas, puedes escribir a fondodelamusica@cultura.gob.cl

Generales

1.-¿Cuáles son las fechas de postulación a la convocatoria 2026?

Las ocho (8) líneas que comprenden el Concurso General de Proyectos del Fondo para el Fomento de la Música Nacional estarán abiertas para recibir postulaciones desde el 23 de junio hasta el 29 de julio a las 15:00 hrs. Las postulaciones se realizan exclusivamente mediante el Formulario Único de Postulación (online) o a través del proceso físico, indicado en las bases de cada Línea.

2.-¿Cuáles son los plazos de ejecución de los proyectos?

Los plazos de ejecución varían según la línea a la que postules, pero aquí te dejamos una tabla resumen:

  • Becas Chile Crea
    • Modalidad de Becas de Magíster, Máster y Maestrías: plazo máximo de 24 meses.
    • Modalidad de Becas de Especialización y Perfeccionamiento y Modalidad de Becas Jóvenes Talentos: plazo máximo de 12 meses.
  • Música en Vivo y Ferias
    • Modalidad de Música en Vivo (igual o menor a 5 versiones realizadas) Zona Norte, Zona Centro y Zona Sur, Modalidad de Ferias con menos de tres versiones realizadas y Modalidad de Ferias con al menos tres versiones realizadas: plazo máximo de 12 meses.
    • Modalidad de Festivales y Temporadas de Concierto Consolidados: plazo máximo de 24 meses.
  • Actividades Formativas
    • Todas sus modalidades: plazo máximo de 24 meses.
  • Coros, Orquestas y Bandas Instrumentales
    • Ambas modalidades: plazo máximo de 12 meses.
  • Difusión de la Música Nacional
    • Ambas modalidades: plazo máximo de 12 meses
  • Investigación y Registro de la Música Nacional
    • Ambas modalidades: plazo máximo de 24 meses.
  • Infraestructura y Equipamiento
    • Ambas modalidades: plazo máximo de 12 meses.
  • Producción de Registro Fonográfico
    • Todas sus modalidades: plazo máximo de 12 meses.

3.-¿Quiénes pueden postular a la presente convocatoria?

Dependerá de cada una de las Líneas y Modalidades a las que postules. A modo general, existen dos tipos de personas responsables en la presente convocatoria:

  • Personas Naturales: De nacionalidad chilena o extranjera con cédula de identidad otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, mayor de 18 años. A excepción de Becas Jóvenes Talentos, dirigida a menores de 18 años.
  • Personas Jurídicas: Pueden postular organizaciones, con o sin fines de lucro, constituidas en territorio nacional. No se considerarán sociedades de hecho. En el caso de las personas jurídicas privadas, su objeto social o fines que establecen los estatutos o el acta de su constitución deben ser pertinentes con las actividades que forman parte del proyecto que está postulando dicha entidad.

Te sugerimos revisar el apartado “Quiénes pueden postular” en las bases de la línea a la que deseas postular ya que existen cambios en algunas modalidades, por ejemplo, en el caso de Producción de Registro Fonográfico ya no pueden postular personas jurídicas.

4.-¿Se financian giras de grupos chilenos al extranjero o dentro del territorio nacional?

No. Este tipo de iniciativas se financian a través de la Línea de Apoyo a la Circulación de la Música Chilena. Puedes encontrar información de esta convocatoria en este enlace.

5.-Mi proyecto posee documentos en un idioma diferente al español, ¿debo traducirlos?

Sí. Para efectos de esta convocatoria, al igual que en años anteriores, si tu proyecto contempla documentos en un idioma diferente al español, deberás adjuntarlo junto a una traducción simple, es decir, que tú o una persona cercana puede traducir el contenido. No es necesario un traductor certificado. Si no acompañas dicho documento con una traducción simple al español, el documento se considerará como no presentado.

6.-Quiero ingresar gastos en el ítem de Presupuesto, pero no entiendo cómo completar el FUP (Formulario Único de Postulación)

Puedes revisar el instructivo que hemos desarrollado, donde explicamos cómo completar el Formulario Único de Postulación: “Recomendaciones para completar el FUP” que puedes encontrar en este enlace.

De todos modos, te sugerimos revisar las bases de la respectiva modalidad a la que deseas postular, puesto que no todas permiten los mismos gastos (Gastos de operación, Gastos de personal, Gastos de inversión, entre otros).

7.-¿A qué se refieren con “gastos de asignación del responsable”?

La asignación del/la responsable corresponde a un monto destinado directamente a la persona responsable del proyecto. Este tipo de gasto puede ser utilizado para los fines que estimes pertinentes para desarrollar adecuadamente tu proyecto y el rol varía dependiendo de la línea, por lo que recomendamos leer atentamente las bases de la línea a la que deseas postular. No olvides que este debe ser rendido íntegramente a través del Formulario N° 29 del SII, en caso de resultar seleccionado/a/e.

8.-Necesito información sobre normas de contratación y la Ley de Trabajadores de Artes y Espectáculos ¿dónde puedo encontrarla?

Puedes encontrar dicha información en nuestra “Guía para una correcta contratación” disponible en este enlace.

9.-Si tengo consultas sobre esta convocatoria, ¿puedo comunicarme a través de algún canal?

Sí, puedes comunicarte a través de los canales de atención ciudadana disponibles en este enlace: https://www.fondosdecultura.cl/ayuda/atencion/

También puedes hacerlo a través del correo electrónico fondodelamusica@cultura.gob.cl

Derechos de autor/a

1.-¿En qué casos debo adjuntar el documento “Autorización de Derechos de Autor/a”?

Siempre que tu proyecto contemple el uso de obras protegidas por derechos de autor/a y/o interpretaciones, ejecuciones, fonogramas o emisiones protegidas por derechos conexos que ya estén definidos/as en la formulación de tu proyecto y cuyos titulares sean personas, naturales o jurídicas, distintas a ti.

Si como responsable del proyecto no eres autor/a de las obras protegidas, debes incluir el documento , incluso si estas personas son parte de tu equipo de trabajo. La omisión de este este documento es causal de fuera de convocatoria.

2.-Quiero presentar obras de terceros en mi proyecto, pero dichas obras no se encuentran registradas en el Registro de Propiedad Intelectual. ¿Debo presentar el documento de Autorización de Derecho de Autor(a)?

Sí. Desde el momento mismo en que una persona crea una obra literaria, artística o científica, la ley le reconoce un derecho sobre su creación, denominado “derecho de autor/a”. No importa que la persona no publique, difunda o inscriba esa obra, ni en qué formato la haya creado: automáticamente la persona es dueña de su creación y tiene un derecho de propiedad sobre ella, independientemente de su comunicación, registro o soporte que la contenga. Por lo anterior, es deber de la persona responsable del proyecto el presentar la debida autorización de obras de terceros/as o protegidas por derechos conexos y así dar cumplimiento a las disposiciones contempladas en la ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual y otras leyes especiales en materia de derechos de autor y/o derechos conexos, el incumplimiento de esta normativa será exclusiva responsabilidad de la persona responsable, asumiendo las sanciones que correspondan y, para efectos de la presente convocatoria, ser declarado como fuera de convocatoria.

3.-Quiero utilizar una obra de terceros en mi proyecto, pero no encontré su inscripción en la SCD (Sociedad Chilena de Autores y Derechos Musicales). En ese caso, ¿no necesito incluir en mi postulación el documento mínimo de postulación “Autorización de derechos de autor/a”?

Si bien muchos/as/es autores/as son parte de la SCD, no todos/as/es han registrado sus obras en dicha asociación, lo que no significa que la obra se encuentre desprotegida y no se necesite una autorización para incluir dicha obra en tu proyecto. Como señalamos en la pregunta anterior, la ley reconoce un derecho sobre la creación de una obra, denominado “derecho de autor/a”, desde el momento de la creación de ésta, por lo que, en caso de que no encuentres dicha autorización en la SCD, es tu deber como persona responsable del proyecto el solicitar al/a la autor/a su autorización.

4.-El/la autor/a de la(s) obra(s) que quiero utilizar falleció ¿necesito el documento mínimo de postulación “Autorización de derechos de autor/a”?

La protección de la ley a los derechos de autor chilena se extiende por toda la vida del/la autor/a y hasta 70 años después de su fallecimiento, por lo que dependerá de quién sea el autor de la obra y cuánto tiempo haya transcurrido tras su muerte. Existen casos donde hay autores que, si bien fallecieron, los derechos patrimoniales sobre sus obras fueron heredados por otras personas (naturales o jurídicas), en tales casos, es necesario contar con el permiso del o los/as titulares de sus obras.

5.-Si hago un LP basado en un libro que escribió otra persona, ¿quién tiene derechos sobre esa obra?

En este caso, quien hace la adaptación o transformación -es decir, quien(es) escribe(n) y compone(n) el LP- es(son) el/la titular(es) de los derechos de esa obra específica, siempre y cuando haya(n) contado con la autorización del titular de los derechos de la obra para adaptarla.

6.-¿Dónde puedo encontrar mayor información sobre derecho de autor?

Te sugerimos revisar el siguiente cuadernillo denominado “Derecho de Autor Preguntas y Respuestas”, disponible en este enlace.

Línea Becas Chile Crea

1.-El documento necesario de evaluación denominado “Documento oficial de aceptación”, ¿puede ser reemplazado por otro documento? Esto pues, en algunos casos, el proceso de postulación comienza después del cierre de la convocatoria 2026 de los Fondos de Cultura.

Tal como se señala en las bases del concurso, si la aceptación se encuentra en trámite, la persona postulante podrá incorporar otro documento fidedigno, entregado por la institución o el/la maestro/a, que acredite que dicha postulación se encuentra en trámite o en proceso, indicando la fecha en que será la apertura de la postulación.

2.-En caso de ser seleccionado/a, ¿puedo firmar el Convenio de Ejecución sin acompañar el “Documento oficial de aceptación”?

No. El Documento oficial de aceptación” es indispensable para dicha etapa, si no lo presentas, no podrás realizar la firma del convenio.

3.-¿Qué tipo de gastos serán financiados en la Línea Becas Chile Crea en sus 3 modalidades?

En la presente convocatoria, y sus 3 modalidades, sólo se financiarán Gastos de Operación y Gastos de Personal, y sólo en los ítems que se indican expresamente en las bases de concurso. Asimismo, con el objetivo de generar condiciones necesarias para una participación igualitaria entre las personas que postulen a la línea de Becas Chile Crea, en los Gastos de Operación se podrán incluir los costos asociados a las labores de cuidados que permitan asegurar el derecho de los hijos e hijas a ser protegidos(as) por una persona adulta mientras su cuidador/a destina tiempo en su formación profesional, en caso de ser seleccionado/a.

No se financiará ningún gasto de inversión ni otros asociados a alojamiento, traslado o alimentación. Te invitamos a leer en detalle las bases de la presente línea.

4.-¿A qué se refieren con gastos en labores de cuidado ?

Como persona beneficiaria, podrás considerar en los gastos de operación aquellos costos necesarios para el cuidado de hijas, hijos e hijes o infantes en etapa prebásica y básica que estén a tu cuidado y que, requieras contratar servicios de cuidado, por días u horas, durante el período que se extienda la ejecución de tu proyecto.

5.-¿Una persona menor de edad puede postular a alguna línea concursal para realizar estudios de perfeccionamiento?

Sí. La línea de Becas Chile Crea, en su modalidad de Becas Jóvenes Talentos, financia total o parcialmente proyectos de becas de formación y perfeccionamiento individual para menores de 18 años (considerando la fecha de cierre de recepción de postulaciones), para la adquisición de competencias artísticas a través de estudios con maestros y programas de formación musical infanto-juvenil en Chile.

6.-Quiero postular a la modalidad de Becas Jóvenes Talentos y me gustaría estudiar en el extranjero, ¿puedo financiarlo con esta convocatoria?

No. La modalidad de Becas Jóvenes Talentos no permite el financiamiento de estudios fuera de Chile. Sin embargo, puedes realizar tus estudios en cualquier región del territorio nacional, incluso si es diferente a la región en la que resides al momento de postular. Por ejemplo, si deseas realizar tus estudios en una región diferente a la de tu residencia, puedes contemplar los costos del traslado como parte de tus gastos.

7.-¿Se puede postular para realizar una continuidad de estudios?

Sí, puedes postular un proyecto de continuidad de estudios en cualquiera de las 3 modalidades de la línea de Becas Chile Crea, según las necesidades de tu propuesta, en cuyo caso deberás adjuntar el Documento necesario de evaluación denominado “Informe de desempeño alumno/a”.

8.-¿Puedo postular para la continuidad de mis estudios de pregrado?

No. La presente línea no permite el financiamiento de estudios conducentes al grado de licenciado, titulado o técnico.

9.-¿Es posible que un proyecto de formación combine las modalidades “presencial” y “online”?

Desde la convocatoria 2021, la línea de Becas Chile Crea no sólo considera el financiamiento de estudios en modalidad presencial, sino también de modalidad online. Asimismo, también es posible postular formaciones que contemplen un formato mixto, es decir, que tengan tanto una modalidad presencial como online. Si este es tu caso, deberás elegir, según la naturaleza de la formación, si la postulas como una formación presencial u online.

Recuerda que los gastos financiables varían dependiendo del tipo de formación, por lo que deberás tener esto en consideración a la hora de escoger si postulas tu proyecto bajo la modalidad online o presencial.

Línea de Actividades formativas

1.-¿Puedo solicitar financiamiento para más de una versión?

Sí. De acuerdo a lo señalado en las bases, se podrán financiar hasta dos (2) versiones consecutivas de la actividad en un período máximo de duración de tu proyecto de 24 meses. A modo de ejemplo, podrías solicitar financiamiento para la versión 2026 y 2027 de tu proyecto.

2.-Quisiera ejecutar mi proyecto en el extranjero. ¿Es posible?

No. De acuerdo a lo señalado en las bases, deberás realizar las actividades de tu proyecto en territorio nacional. Es decir, si tu proyecto contempla clases, charlas, talleres u otro tipo de actividad de manera presencial, deben ser ejecutadas en Chile, sin restricción en cuanto a número de regiones.

3.-¿Puedo postular si mi proyecto consiste en realizar charlas, clases magistrales o talleres de manera online?

Sí. Tras la pandemia y la incertidumbre de realizar actividades presenciales, se amplió la posibilidad para realizar los proyectos en otros formatos, incluyendo la alternativa de desarrollar actividades virtuales en la línea de Actividades Formativas.

4.-¿Se actualizó el porcentaje mínimo de mujeres a incluir en mi proyecto en caso de postular a la línea de Actividades Formativas?

Sí. Para esta convocatoria, te solicitamos que tu proyecto considere al menos (es decir, como mínimo) un 40% de mujeres dentro de los equipos de trabajo o en el equipo docente de la actividad. A modo de ejemplo, si tu equipo de trabajo está compuesto por diez (10) personas, al menos (mínimo) tres (3) de ellas deben ser mujeres. El no cumplir con esto podría dejar tu proyecto Fuera de Convocatoria, por lo que te sugerimos cuidar este aspecto.

5.-Mi proyecto contempla gastos por la compra de atriles, libros, entre otros. ¿Se considera como gastos de inversión?

Según señalan las bases, en gastos de operación podrás solicitar financiamiento para la compra o adquisición insumos menores que sean indispensables para la ejecución de tu proyecto y que subsistan en forma posterior a la finalización de tu propuesta, en cuyo caso, dichos insumos o materiales menores deben quedar para uso y goce de los y las alumnas y/o institución que alberga a los y las estudiantes involucradas en la ejecución de tu proyecto. Es importante que consideres que el monto total solicitado para dichos materiales y/o insumos menores, no puede superar el 10% (diez por ciento) del monto total solicitado al Fondo.  A modo de ejemplo, si tu proyecto solicita $5.000.000 (cinco millones de pesos chilenos), tu proyecto como tope podrá solicitar un monto máximo de $500.000 (quinientos mil pesos chilenos) para la compra de insumos menores, pues es el equivalente al 10% (diez por ciento) solicitado al fondo.

Línea de Música en vivo y ferias

1.-Presentaré un proyecto a Música en Vivo (igual o menor a 5 versiones realizadas), pero no sé bien a qué modalidad postular. ¿Cómo debo definir cuál aplicaría a mi proyecto de acuerdo a su zona de ejecución?

Para saber a qué modalidad debes postular, simplemente deberás tener claro en qué región o regiones realizarás las actividades de tu proyecto.

  • Zona Norte: Para proyectos de producción de festivales y temporadas de conciertos (presenciales o virtuales) cuyas actividades se ejecuten dentro de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y/o Coquimbo.
  • Zona Centro: Para proyectos de producción de festivales y temporadas de conciertos (presenciales o virtuales) cuyas actividades se ejecuten dentro de las regiones de Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O’Higgins, Maule y/o Biobío.
  • Zona Sur: Para proyectos de producción de festivales y temporadas de conciertos (presenciales o virtuales) cuyas actividades se ejecuten dentro de las regiones de Ñuble, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y/o Magallanes y de la Antártica Chilena.

Importante: no podrás postular proyectos que declaren actividades en todas las regiones del país ya que estas modalidades están dividida por macrozona, por lo que solo puedes realizar actividades en la macrozona a la que postulas.

2.-Si quiero postular a la modalidad de Festivales y Temporadas de Conciertos Consolidados, ¿también debo postular a una zona geográfica (norte, centro o sur)?

No. La división en zonas geográficas se aplica solamente para las modalidades de Música en Vivo (igual o menor a 5 versiones realizadas). Por lo mismo, si tu proyecto cuenta con 6 o más versiones realizadas, puedes presentar una postulación para su ejecución en todo el territorio nacional (sin limitantes por región). Lo mismo aplica para Ferias.

3.-¿Puedo solicitar financiamiento para más de una versión?

Sí, pero sólo para la modalidad de Festivales y Temporadas de Concierto Consolidados. De acuerdo con lo señalado en las bases, tu proyecto podrá durar hasta 24 meses, permitiendo la ejecución de dos versiones de un mismo proyecto.

4.-Quisiera ejecutar mi proyecto en el extranjero, ¿es posible?

No. De acuerdo con lo señalado en las bases, deberás realizar las actividades de tu proyecto en territorio nacional.

5.-Si mi parrilla programática aún no está definida, ¿cómo puedo explicar y acreditar esto en mi postulación??

Si al momento de postular tu festival, temporada de concierto o certamen no posee una parrilla programática definida, no necesitas adjuntar un documento que acredite aquello. Sólo deberás marcar correctamente la opción en el FUP (Formulario Único de Postulación), es decir, responder “No” a la pregunta “¿Tu proyecto tiene ya definidos(as) a los(as) artistas que serán parte de su parrilla programática?”, la que encontrarás en el apartado de “Formulación Principal”. También deberás señalar que cumplirás con los requisitos relativos al porcentaje mínimo de mujeres y de intérpretes y/o agrupaciones musicales, así como la metodología que utilizarás para asegurar el cumplimiento de dichos porcentajes mínimos, según corresponda.

De todos modos, te sugerimos revisar las bases de la línea a la que deseas postular, puesto que hay particularidades que no queremos que pases por alto.

6.-Si en mi proyecto estoy considerando la exhibición de obras inéditas, ¿también tengo que adjuntar el documento “Autorización de derechos de autor/a”?

Sí. Siempre que utilices obras de terceras personas, que estén definidas al momento de postular, deberás adjuntar el documento “Autorización de derechos de autor/a”, independiente de que sean inéditas o estrenadas.

7.-¿Puedo solicitar recursos si quiero realizar un festival online?

No. Este año, al igual que el anterior, sólo se permitirá postular para la realización de festivales o temporadas de conciertos presenciales o híbridas; por lo que no se permitirá la postulación de eventos completamente online.

8.-¿Qué se entiende por Punto Morado?

Este año, en la línea de Música en Vivo y Ferias, se incorpora dentro de los indicadores de evaluación “Puntos morados”, que corresponden a espacios físicos (casetas o carpas) ubicados en distintos lugares públicos para informar sobre cómo denunciar hechos de violencia de género y/o recibir orientación de personas especializadas a través de los programas, ya sea entregando atención y apoyo a víctimas, propiciando información y sensibilización en torno a la violencia y su prevención o entregando información y/o acceso a redes de apoyo, tanto para víctimas como para el círculo cercano de éstas.

Línea de Coros, orquestas y bandas instrumentales

1.-¿Qué personas jurídicas pueden postular a la Línea de Coros, Orquestas y Bandas Instrumentales, y cuáles no?

Podrán postular a la línea de Coros, Orquestas y Bandas Instrumentales: las Corporaciones o Asociaciones constituidas conforme a lo dispuesto en el Título XXXIII del Libro I del Código Civil (artículos 545 y siguientes) y Fundaciones sin fines de lucro que mantengan una antigüedad de a lo menos dos años desde su constitución, siempre que no se encuentren en situación de incompatibilidad, y las Municipalidades que desarrollen actividades corales y de formación de orquestas, especialmente a nivel infantil y juvenil, tanto en el ámbito escolar como extraescolar, incluyendo bandas instrumentales.

Por lo anterior, no pueden postular a la línea de Coros, Orquestas y Bandas Instrumentales las siguientes personas jurídicas: asociaciones indígenas constituidas de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 19.253, juntas de vecinos constituidas de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 19.418, organizaciones comunitarias funcionales constituidas de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 19.418, uniones comunales constituidas de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 19.418, y otras personas jurídicas sin fines de lucro constituidas de acuerdo a lo dispuesto en leyes especiales.

2.-¿Puedo incluir en mi presupuesto la compra de atriles, instrumentos y/u otros insumos para la realización de mi proyecto en la Línea de Coros, Orquestas y Bandas Instrumentales (modalidad única)?

Sí. En la modalidad de Coros, Orquesta y Bandas Instrumentales puedes incluir gastos de inversión, los que consisten en la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades culturales previstas en tu proyecto, y que subsisten y no se degradan después de terminada su ejecución. Respecto de este ítem (Gastos de Inversión), evaluaremos la pertinencia de imputar el 100% del gasto a tu proyecto, según la adquisición de que se trate, su justificación y la naturaleza del proyecto.

Línea de Difusión de la Música Nacional

1.-¿Se puede postular para realizar un programa radial o un podcast en la Línea de Difusión de la Música Nacional? 

Sí. Los proyectos de difusión de la música nacional, ya sea a través de plataformas digitales como de medios tradicionales o análogos, pueden ser postulados a la modalidad de Comunicaciones, de la línea de Difusión de la Música Nacional.

Tal como se indica en las bases de concurso, dicha modalidad permite financiar proyectos correspondientes a programas radiales a ser difundidos en radioemisoras activas, podcasts, radios online, medios impresos como revistas y diarios, páginas web de prensa escrita, programas digitales, webcam show, programas televisivos, documentales musicales, entre otros.

2.-¿Se puede postular para realizar un programa audiovisual en la Línea de Difusión de la Música Nacional?

Sí. Los proyectos de difusión de la música nacional, ya sea a través de plataformas digitales como de medios tradicionales o análogos, pueden ser postulados a la modalidad de Comunicaciones, de la línea de Difusión de la Música Nacional.

Tal como se indica en las bases de concurso, dicha modalidad permite financiar proyectos correspondientes a webcam show, programas televisivos, documentales musicales, entre otros productos audiovisuales, a ser difundidos en televisión, salas de cine, video on demand, sitios web u otras plataformas de exhibición y distribución. Sin embargo, la modalidad de Comunicaciones excluye el videoclip. Por lo que, si tu proyecto consiste únicamente en la realización de un videoclip o el registro audiovisual del de una banda, no podrás postular a esta convocatoria, ya que se aleja del objetivo de la modalidad. En caso de que desees postular un videoclip, debes postular a la Línea de Videoclip y Registro Audiovisual para la promoción de la música nacional.

3.-En la modalidad de Comunicaciones, ¿se puede crear la plataforma digital desde cero, o ésta debe existir al momento de postular?

Sí. Para efectos de esta convocatoria, puedes incluir como parte de tu proyecto la creación de una plataforma digital para la difusión de la música nacional, siempre que se relacione con el objetivo de la modalidad a la que postulas. Por otro lado, puedes incluir como solicitud el costo por la compra del hosting, pues la modalidad de comunicaciones permite gastos de inversión.

4.-¿Se permite solicitar gastos de inversión en la Línea de Difusión de la Música Nacional?

Sí, desde esta convocatoria ambas modalidades de la línea permiten solicitar gastos de inversión. Al respecto, ten presente que en la modalidad de Comunicaciones éstos no podrán superar el 20% del monto total solicitado, mientras que para la modalidad de Desarrollo y Difusión de Catálogos de la Música Nacional el tope será del 10% del monto total solicitado.

Por ejemplo, para la modalidad de Comunicaciones, si solicitas $8.000.000 (ocho millones de pesos chilenos) puedes solicitar, como monto máximo para gastos de inversión, $1.600.000 (un millón seiscientos mil pesos chilenos). Lo anterior, porque el 20% -como ya mencionamos- se calcula en base al monto solicitado en vez del monto máximo ($15.000.000 quince millones de pesos chilenos) permitido por la modalidad de Comunicaciones.

5.-¿Cuál es la cantidad de artistas nacionales y emergentes que necesito incluir en mi proyecto de “Desarrollo y Difusión de Catálogos de la Música Nacional»?

Si deseas postular a la modalidad de Desarrollo y Difusión de Catálogos de la Música Nacional, el Documento necesario de evaluación denominado “Propuesta de Catálogo” deberá incluir, al menos (mínimo), tres (3) artistas nacionales, de los cuales al menos uno/a (1) debe ser emergente. Si no cumples dicho requisito, la evaluación de tu proyecto se verá afectada.

Línea de Infraestructura y equipamiento

1.-Mi proyecto contempla la adquisición de instrumentos musicales para un establecimiento educacional. ¿A qué línea y modalidad puedo postular?

Desde la convocatoria 2022, puedes postular a la línea de Infraestructura y Equipamiento, específicamente, a la modalidad de Infraestructura y Equipamiento para Establecimientos Educacionales. Dicha modalidad busca proporcionar recursos para infraestructura, instrumentos musicales y material pedagógico musical, destinados a fortalecer la pertinencia de los contenidos de música a nivel escolar en establecimientos educacionales públicos y particulares subvencionados.

2.-¿De qué trata la modalidad de Infraestructura y Equipamiento para Establecimientos Educacionales y quiénes pueden postular?

La modalidad de Infraestructura y Equipamiento para Establecimientos Educacionales tiene por objetivo el financiamiento de proyectos para la dotación de recursos en infraestructura, instrumentos musicales y material pedagógico musical destinados a fortalecer la pertinencia de los contenidos de música a nivel escolar en establecimientos educacionales públicos y particulares subvencionados. De ese modo, podrán postular a ella:

  • Los Servicios Locales de Educación Pública;
  • Las Municipalidades;
  • Las Corporaciones Municipales; y
  • Sostenedores/as, profesores/as, directores/as y/o jefes/as de UTP, todos en representación de escuelas y/o liceos del sistema escolar formal, subvencionados por el Estado, con RBD (Rol Base de Datos).

Dicha calidad la deberás acreditar acompañando la Ficha completa del Establecimiento Educacional que es entregada por el buscador de establecimientos públicos, MIME Mineduc (https://mi.mineduc.cl/mvc/mime/portada ), y una carta de compromiso firmada por el/la directora/a o representante legal del establecimiento educacional o institución responsable del proyecto, que señale su conocimiento y compromiso con el proyecto a postular.

3.-Soy un profesor/a, director/a y/o jefe/a de UTP y postulo como responsable a la modalidad de Infraestructura y Equipamiento para Establecimientos Educacionales, ¿quién deberá firmar el Convenio de Ejecución en caso de que mi proyecto sea seleccionado?

Si eres el/la responsable del proyecto y también eres profesor/a, director/a y/o jefe/a de UTP en el establecimiento en el que deseas ejecutar el proyecto postulado, y en caso de que tu proyecto sea seleccionado, quien deberá firmar el Convenio de Ejecución en la respectiva SEREMI será el representante legal del establecimiento educacional de que se trate, ya que los recursos asignados no son en beneficio del responsable del proyecto, sino para el establecimiento educacional en donde se ejecutará el proyecto, por ello los recursos asignados le serán entregados al representante legal del recinto educacional.

4.-¿Existe un monto máximo para los gastos de inversión, en el caso de la compra de backline, en la modalidad de Salas de Concierto, Estudios de Grabación y Salas de Ensayo?

Para esta modalidad concursal, los gastos de inversión no tienen tope, es decir, las bases no establecen un límite máximo para dicho ítem presupuestario, pudiendo solicitar los recursos que estimes necesarios para la realización de tu proyecto, según la naturaleza de éste. Es por esto que, para la adquisición de backline, puedes considerar cualquier tipo de instrumento musical, sistema de sonido, parlantes y/o cualquier otra compra pertinente para llevar a cabo tu proyecto. Ten presente que la Comisión de Especialistas evaluará la pertinencia del monto y tipo de gasto solicitado, por lo que dicha adquisición de backline debe ser concordante con el objetivo del proyecto y de la modalidad a la que postulas.

5.-Si mi proyecto contempla la compra de equipamiento desde el extranjero ¿debo convertir la moneda extranjera de esas cotizaciones a moneda nacional?

Sí. Para efectos de esta postulación, las cotizaciones emitidas por establecimientos comerciales en el extranjero  en monedas distintas a la nacional, deben tener su conversión al valor de cambio del peso chileno, para evaluar adecuadamente la pertinencia de dicho gasto.

Recuerda, además, que si tu cotización se encuentra escrita en un idioma diferente al español, debes acompañar una traducción simple de ella.

Línea de Producción de registro fonográfico

1.-¿Qué se entiende por “trayectoria musical” y las categorías “emergente”, “desarrollo” y “trayectoria”?

Desde la convocatoria 2024, manejamos las siguientes definiciones:

  • Trayectoria Musical: Se entenderá al recorrido que ha realizado el artista y/o agrupaciones desde la producción del primer registro fonográfico.
  • Emergente: considera el tiempo transcurrido (entre 0 a 5 años) desde la primera producción fonográfica del/la músico/a, como solista o como parte de una agrupación.
  • Desarrollo: considera el tiempo transcurrido (entre 6 a 15 años) desde la primera producción fonográfica del/la músico/a, como solista o como parte de una agrupación
  • De Trayectoria: considera el tiempo transcurrido (más de 16 años) desde la primera producción fonográfica del/la músico/a, como solista o como parte de una agrupación.

2.-Si no he publicado ninguna producción fonográfica, ¿puedo postular? Y si es así, ¿a cuál modalidad?

Si no has publicado ningún fonograma, se entiende que han transcurrido 0 años; por lo que podrías postular a Música Popular Emergente.

3.-Quiero postular a la línea de producción de registro: lancé mi primer disco hace 6 años, pero tuve una pausa por labores de cuidado. ¿Debería postular a la modalidad de Música Popular Desarrollo?

Frente a las necesidades de nuestras/es/os postulantes y entendiendo la importancia de disminuir las brechas de género, en caso de que hayas realizado una pausa en tu carrera para cuidar hijas, hijos e hijes o infantes en etapa prebásica y básica, es decir, por labores de cuidado; existe la posibilidad de postular a la modalidad de Música Popular Emergente para quienes tengan entre 6 (seis) y 15 (quince) años transcurridos desde la publicación del primer fonograma y puedan demostrar un receso en su carrera para ejercer labores de cuidado. Lo mismo ocurre para la modalidad Música Popular Desarrollo; pueden postular a esta modalidad quienes, lanzada su  su primera producción discográfica, hayan transcurrido más de 16 (dieciséis) años desde esta primera publicación y hayan detenido sus carreras por labores de cuidado.

4.-¿Es necesario que el demo que envíe sea grabado, mezclado y masterizado en un estudio al momento de la postulación?

No. Para la presente convocatoria, no te exigiremos que el documento “Demo” sea de registro profesional. Sin embargo, es necesario que su calidad sonora permita apreciar aspectos que serán evaluados en calidad por la comisión de especialistas.

5.-¿Puedo enviar un link con mi(s) demo(s) u otros documentos para la evaluación?

No. Tal como señalan las bases, no se aceptará adjuntar a través de links ninguno de los antecedentes señalados en las de la presente convocatoria. Si adjuntas un link en lugar de alguno de los documentos, dicho documento se considerará como no presentado.

6.-Si quiero postular para financiar la realización de un (1) single, ¿es necesario que adjunte tres (3) demos?

No. En caso que tu proyecto considere únicamente la grabación de un (1) single, sólo deberás adjuntar la grabación de prueba de dicho single, para que la Comisión de Especialistas pueda evaluar tu proyecto. Es decir, sólo deberás adjuntar, al menos (mínimo), tres (3) demos o grabaciones de prueba si tu proyecto consiste en la producción de registros fonográficos en formato EP (extended play) o LP (larga producción).

7.-¿La línea de producción de registro fonográfico permite destinar dinero a medios de comunicación para el pago de avisos radiales, pago de publicidad en redes sociales, generar una relación de media partner u otro tipo de asociaciones con medios especializados?

Sí. La presente convocatoria permite la solicitud de este tipo de gastos asociados a difusión o plan de marketing, siempre y cuando se encuentren en relación a las necesidades de tu proyecto.

8.-¿Puedo postular para la realización un EP, LP o single con una(s) canción(es) que no es(sean) de mi autoría, siendo el/la manager o productor/a/e?

Sí, aunque deberás presentar el documento mínimo de postulación “Autorización de derechos de autor/a”; de lo contrario, tu proyecto será declarado como Fuera de Convocatoria. A modo de ejemplo, podrías postular como responsable del proyecto siendo manager, productor(a) o gestor(a) de la propuesta sin poseer los derechos de autor sobre la o las canciones, pero deberás presentar el antecedente antes mencionado.

 

Ayuda y recomendaciones

Recuerda que para postular a nuestros fondos, debes completar tu Perfil Cultura
Ir a Perfil Cultura
Volver arriba